26 Mar Nulidades y Caducidades ante la OEPM
Un año después
Ya ha pasado un año (y un poco más) desde que los procedimientos de nulidad y caducidad de marcas pasaron a ser competencia de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), de acuerdo con la Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas, lo cual suponía indudablemente un reto tanto para la Oficina como para los usuarios.
Según fuentes de la OEPM, en este primer año se han recibido un total de 464 solicitudes, siendo 253 solicitudes de nulidad y 211 de caducidad. Más concretamente, respecto de las nulidades, 105 expedientes han sido resueltos y más del 50% de ellos se han estimado total o parcialmente. En relación con las caducidades, se han resuelto 131 expedientes de los cuales 95 se han estimado totalmente y 9 parcialmente.
Nuestro balance del primer año es positivo, ya que este cambio ha animado a muchos titulares a ejercitar acciones ante la Oficina ya que anteriormente eran procedimientos largos y costosos ante los tribunales. No obstante, no se ha producido la avalancha de procedimientos que se pronosticaba.
En cualquier caso, aunque ya tenemos un gran número de decisiones, para tener una imagen completa del sistema y de su funcionamiento y poder hacer entonces una valoración a fondo de los pros y contras, creemos que debemos dar un poco más de margen en el tiempo.
De lo que no hay duda es que este cambio ayuda a los usuarios y descarga a los juzgados, y no podríamos pensar en una mejor institución que la OEPM para examinar este tipo de procedimientos, ya que al final no deja de ser el organismo especializado en materia de marcas, diseños y patentes.
Autora: Isabela Robledo McClymont
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