14 Ene Recurrir por completo a la IA no es la solución
La inteligencia artificial (IA) ha revolucionado nuestras vidas de manera significativa. En muchas profesiones, herramientas como ChatGPT y Copilot han transformado la forma en que trabajamos. Gracias a la IA, podemos acceder a información de manera más rápida y recibir asistencia en diversas tareas, lo que nos permite trabajar de manera más eficiente y efectiva.
Ahora bien, ¿qué sucede cuando no consideramos la IA solo como un asistente y dejamos que realice el trabajo directamente?
En el sector de la propiedad industrial, recientemente se ha producido este supuesto. Concretamente, en un procedimiento de oposición contra el registro de una marca ante la Oficina de Propiedad Intelectual de Benelux (BOIP).
En su día, la compañía británica Penguin Books Limited presentó oposición ante la BOIP contra el registro de la marca “ARTPENGUIN” solicitada por Tom Grashof. Esta marca se solicitó, entre otros productos, para papel, cartón y otros materiales de papelería comprendidos en la clase 16 del Nomenclátor Internacional de Marcas. Penguin Books Limited basó su oposición en varias marcas de la Unión Europea “PENGUIN”, también registradas en la clase 16, y reivindicó el renombre de estos derechos anteriores
En contestación a la oposición presentada por Penguin Books Limited, el solicitante presentó unos argumentos redactados por ChatGPT que consistían en:
- No existe similitud visual entre los signos debido a las diferencias en el estilo gráfico de las marcas. La marca solicitada se distingue por un diseño moderno, mientras que la marca oponente presenta un diseño más tradicional.
- Existen diferencias en el elemento verbal “ART” de la marca solicitada, por lo que tampoco hay similitud fonética.
- Debido a las diferencias en los respectivos gráficos, no existe similitud conceptual.
Sin embargo, ChatGPT no abordó la comparación entre los productos. Además, ChatGPT incluyó en su valoración una marca denominativa, “PENGUIN BOOKS”, que no era parte de la oposición.
La BOIP estimó la existencia de un riesgo de confusión y, por ende, la oposición con base en:
- Los productos son similares. Cabe recordar que ChatGPT no presentó argumentos en relación con la comparación entre los productos, por lo que no refutó su similitud.
- Las marcas comparadas son visual y fonéticamente similares, ya que comparten el elemento “PENGUIN”. Los elementos divergentes, como “ART-” y las diferencias en los gráficos, no son suficientes para compensar las similitudes entre los signos.
- Conceptualmente, las marcas son similares al contener todas ellas la denominación “PENGUIN” y el gráfico correspondiente a un pingüino.
Como se desprende de este caso, la IA ofrece innumerables posibilidades, pero aún no puede reemplazar ciertas tareas que requieren un componente humano. Aunque la oposición podría estimarse de todas maneras debido a las similitudes entre los signos y los productos, los argumentos presentados por ChatGPT eran débiles y carecían de todas las valoraciones necesarias para la comparación de marcas.
Es aconsejable revisar y complementar todo el trabajo producido por la IA. Además, siempre es recomendable acudir a un profesional para obtener un asesoramiento real y efectivo.
Foto de Igor Omilaev en Unsplash.