17 May Una retirada a tiempo ya no será una victoria
Abril nos ha traído otro ciclo de revisión de las Directrices de examen de la EUIPO. Y, esta vez, proponen un cambio importante que podría afectar la estrategia que hay detrás de ciertas retiradas de solicitudes de marca de la UE.
¿Cuál es el cambio propuesto? Las resoluciones por las que se deniegan solicitudes de marca de la UE por motivos absolutos se publicarán al día siguiente de su notificación, con independencia de que la decisión sea o no firme. Así pues, se armonizará la forma de publicidad de resoluciones a las de las oposiciones, anulaciones o recursos.
¿Qué consecuencias tendrá? A pesar de retirar la solicitud de marca de la UE en el periodo de 2 meses para interponer recurso, la resolución denegatoria será publicada y estará disponible a consulta pública. Y surtirá efecto.
La resolución denegatoria podrá bloquear la transformación de una marca de una marca UE en marca nacional o regional (Benelux), cuando un motivo de denegación haya excluido la protección en un Estado miembro concreto.
¿Cuándo surtirá efecto? Con la entrada en vigor de las nuevas directrices de la EUIPO, que ha tenido lugar en 31 de marzo de 2022. Por consiguiente, afectará a todas aquellas resoluciones emitidas a partir de esa fecha.
Esta nueva propuesta rema claramente a favor de la transparencia y la disponibilidad pública de información que, hasta ahora, quedaba entre la Oficina y las partes. Probablemente esto cambie el rumbo de actuación y las estrategias de los solicitantes, pues la denegación de sus marcas por motivos absolutos será visible y consultable, a pesar de que se retire la solicitud. También influirá en el planteamiento de ciertos procedimientos de nulidad por motivos absolutos. Porque… ¿a quién interesa que una resolución que deniegue tu solicitud de marca de la UE (ya retirada) sea pública y surta efectos?
Más información sobre las nuevas Directrices de examen de la EUIPO en este enlace.
Autora: Jiarong Wu Zhou
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